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Las nuevas restricciones y cómo afectan en Los Pedroches

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Las nuevas medidas acordadas por la Junta de Andalucía entran en vigor en la medianoche de este sábado y estará vigentes desde el domingo 17 de enero.

CIERRE PERIMETRAL

Se decreta el cierre perimetral de todos los municipios con una tasa de incidencia superior a los 500 casos por 100.000 habitantes, y que en Los Pedroches son Añora, Belalcázar, Dos Torres, El Guijo, Fuente Lancha, Pozoblanco e Hinojosa del Duque.

No obstante, la Junta de Andalucía mantiene las excepciones a las restricciones de movilidad establecidas por el estado de alama. Así los desplazamientos fuera de la comunidad, entre provincias y entre los municipios cerrados perimentralmente están justificados en los siguientes supuestos:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  • Desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

MUNICIPIOS CON TASA DE MÁS DE 1.000 CASOS POR 100.000 HABITANTES

Además del cierre perimentral, en aquellos municipios con una tasa superior a los 1.000 casos por 100.000 habituantes, la Junta establece el cierre de hostelería y comercio no esencial. Es el caso de Añora, Belalcázar, Dos Torres, El Guijo, Fuente Lancha y Pozoblanco.

Se consideran actividades esenciales y por tanto podrán abrir:

  • Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad
  • Centros, servicios y establecimientos sanitarios
  • Servicios sociales y sociosanitarios
  • Farmacias y Parafarmacias
  • Centros o clínicas veterinarias
  • Mercados de Abastos
  • Ópticas y productos ortopédicos
  • Productos higiénicos
  • Servicios profesionales y financieros
  • Prensa, librería y papelería
  • Floristería
  • Venta de combustible
  • Talleres mecánicos
  • Servicios de reparación y material de construcción
  • Ferreterías
  • Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos
  • Estancos
  • Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones
  • Alimentos para animales de compañía
  • Servicios de entrega a domicilio
  • Tintorerías
  • Lavanderías
  • Peluquerías
  • Empleados del hogar
  • Mercadillos y lo recogido en la siguiente imagen.

MEDIAS GENERALES

  • Se mantiene el cierre perimetral de Andalucía. Sólo se puede entrar o salir con causa justificada.
  • Cierre de hostelería y comercio a las 18 horas.
  • Reuniones limitadas a un máximo de cuatro personas, incluidas mesas en bares y restaurantes.
  • Cierre perimetral de las ocho provincias.
  • Cierre perimetral de los 219 municipios con tasa de contagio superior a 500 por 100.000 habitantes en los últimos 14 días.
  • Cierre hostelería y comercio no esencial en los 91 municipios (de esos 219) con tasa de contagio superior a 1.000 por 100.000 habitantes.
  • El toque de queda se mantiene de 22 a 6 horas.
  • Sí se permitirán los desplazamientos, sin acompañamiento, de deportistas federados, de alto nivel o de alto rendimiento, entrenadores, jueces o árbitros federados, para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias y que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo siempre que no procedan de municipio con cierre perimetral.

En la hostelería, se podrán recoger pedidos hasta las 21.30 horas, encargarlos por teléfono hasta las 22.30 horas y recibirlos a domicilio hasta las 23.30 horas. Si el Gobierno de España autoriza modificar el toque de queda, se adaptarían estos horarios.

**Respecto al cierre a las 18.00 horas en los municipios donde se aplique esta medida, según recoge el BOJA, quedan fuera de la limitación horaria los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, así como la actividad industrial y el comercio mayorista.

También podrán seguir trabajando después de las 6 de la tarde los servicios de restauración de entrega a domicilio, hasta las 23.30 horas, estableciéndose como hora límite para realizar pedidos las 22.30 horas. Igualmente podrán suministrar servicio de recogida de comida para llevar hasta las 21.30. En los servicios de recogida en el establecimiento, el cliente deberá realizar el pedido por teléfono o en línea y el establecimiento fijará un horario de recogida del mismo, evitando aglomeraciones en las inmediaciones del establecimiento. Asimismo, el establecimiento deberá contar con un espacio habilitado y señalizado para la recogida de los pedidos donde se realizará el intercambio y pago. En todo caso, deberá garantizarse el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal o, cuando esto no sea posible, se procederá a la instalación de mostradores o mamparas.

Tampoco estarán afectados por la limitación de horario general los centros, servicios y establecimientos sanitarios; los servicios profesionales, de seguros, y empleados del hogar; los servicios sociales y sociosanitarios; los centros o clínicas veterinarias; los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la automoción; el alquiler de vehículos y las estaciones de inspección técnica de vehículos; los servicios de entrega a domicilio; los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico o los velatorios.

En cuanto a la práctica deportiva, se recoge la excepción que afecta al deporte federado, rigiéndose por sus protocolos respectivos, en espacios deportivos cubiertos y al aire libre en categoría de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta. Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre para el deporte federado y no federado, siempre que no se trate de deportes de contacto.

También podrán mantener su actividad después de las 18 horas los centros y servicios para la ejecución de las medidas judiciales y servicios de mediación penal de menores, así como los puntos de encuentro familiar; centros de atención infantil temprana y centros de tratamiento ambulatorio; empleados públicos; los restaurantes de los establecimientos de alojamiento turístico, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes; los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras; los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.

MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL ÁREA NORTE EN EL NIVEL SANITARIO 4 GRADO 1

Alcaracejos / Belmez / Cardeña / Conquista / El Viso / Espiel / Fuente Obejuna / Hinojosa del Duque / Los Blázquez / Pedroche / Santa Eufemia / Torrecampo / Villanueva de Córdoba / Villanueva del Duque / Villanueva del Rey / Villaralto.

MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL ÁREA NORTE EN EL NIVEL SANITARIO 4 GRADO 2

Añora / Belalcázar / Dos Torres / El Guijo / Fuente la Lancha / La Granjuela / Peñarroya-Pueblonuevo / Pozoblanco / Valsequillo.

FÚTBOL EN ANDALUCÍA

COMUNICADO DE LA REAL FEDERACIÓN ANDALUZA DE FÚTBOL

“Dada la premura de tiempo para concretar y adaptar las nuevas medidas a las competiciones y las numerosas consultas que se están recibiendo en la RFAF, cada uno de los casos particulares de los distintos municipios andaluces ante la diversa problemática existente la RFAF, ha acordado:    

Que en la jornada a disputar el domingo 17 de enero de 2021, y como medida de orden excepcional, se seguirán disputando los partidos correspondientes a las ligas de categorías desde juvenil hasta sénior (ambos incluidos) y quedarán aplazados los correspondientes a las categorías cadetes, infantiles, alevines, benjamines, prebenjamines y bebé, especificándose a partir del lunes 18 de enero las circunstancias concretas en que se disputarán las siguientes jornadas mientras duren las restricciones.

Igualmente quedan aplazadas las competiciones en las que intervengan equipos de municipios sobre los que se haya adoptado un cierre perimetral, incluyendo los municipios establecidos por la Junta de Andalucía en fase 4.2″.

Para los desplazamientos que fuesen necesarios se debe atender al nivel en el que se encuentre el municipio, el cual puede consultarse en la página web www.mapacovid.es.

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